martes, 20 de mayo de 2008

Actualización de los márgenes para las oficinas de farmacia y la distribución.

Actualización de los márgenes para las oficinas de farmacia y la distribución.

El Consejo de Ministros del pasado 16 de mayo aprobó un RD por el cual se actualizan los márgenes de las oficinas de farmacia y la distribución, con el objetivo de adecuarlos a la realidad económica que vive el país en este momento. Según un comunicado oficial del Ministerio de Sanidad, se busca además que las aportaciones de los agentes sanitarios –en este caso la farmacia y la distribución- sean acordes a su margen de beneficios.

La norma apenas tendrá repercusión en la economía de los ciudadanos, ya que afecta fundamentalmente a medicamentos para patologías graves o crónicas que tienen una aportación reducida (en los que el paciente paga el 10% del precio, con un máximo de 2,34 euros) y el resto se corresponde con
medicamentos cuyo consumo mayoritario lo hacen colectivos de pensionistas o asimilados, exentos de aportación.

Por el contrario, sí va a incentivar mejoras en la prestación farmacéutica, aumentando la calidad de la misma gracias a la liberación de recursos para aquellas empresas con menos volumen de ventas. Con esta actuación se cumple lo dispuesto en el Real Decreto 2402/2004, que estableció la obligación de actualizar las cuantías de los márgenes y de la escala de deducciones de la distribución y dispensación de medicamentos teniendo en cuenta la evolución del índice de precios de consumo; la variación del producto interior bruto y el aumento de las ventas de las oficinas de farmacia.

Además de cumplir la citada norma, el Gobierno reitera su postura en defensa del modelo español de farmacia, en la que se ha mantenido firme desde el inicio de legislatura y que ha apoyado tanto en el Plan Estratégico de Política Farmacéutica como en la posterior Ley de Garantías y Uso Racional de Medicamentos y Productos Sanitarios.

La actualización de márgenes de beneficio y de deducciones tiene como objetivo que éstos se adecuen a la situación económica y no se produzcan desequilibrios entre lo que ingresan las oficinas de farmacia y las empresas de distribución y su aportación.

Los márgenes de la distribución se establecen en los siguientes parámetros: para los medicamentos cuyo precio de venta de laboratorio (PVL) sea igual o inferior a 91,63 euros, el margen queda fijado en el 7,6% del precio de venta del distribuidor sin impuestos. En los fármacos cuyo PVL supere los 91,63 euros, el beneficio del distribuidor será de 7,54 euros por producto.

En cuanto a los márgenes de las farmacias, quedan de la siguiente manera: el correspondiente a la dispensación y venta al público de productos y medicamentos cuyo PVL sea igual o inferior a 91,63 euros, se fija en el 27,9% del precio de venta al público sin impuestos. Si el PVL es superior a 91,63 euros, el margen de las farmacias se fija en 38,37 euros por producto.

Respecto a las deducciones el real decreto establece también una escala de por la dispensación de medicamentos de uso humano, actualizando las cuantías previstas y los límites de la escala fijada en Real Decreto 2402/2004. Así, el mínimo de ventas mensuales exentas de deducción se fija en 32.336,12 euros, mientras que con la escala actual este límite era inferior, concretamente estaba situado en 31.627,66 euros.
Esto e supone que casi la mitad de las oficinas de farmacia existentes en España (20.455) no tendrá que realizar aportación alguna, concretamente un 45%, lo que supone un número aproximado de 9.209. Las farmacias restantes son 11.246, el 54,98%, que sí realizarán algún tipo de aportación.

En el capítulo de descuentos, la norma mantiene que las farmacias disponen de la facultad de aplicar descuentos de hasta un 10% en el precio de venta al público, impuestos incluidos, en la dispensación de medicamentos publicitarios.
En cuanto a las deducciones de la dispensación de medicamentos, la aportación estimada de las oficinas de farmacia será de 424,44 millones de euros.

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